Saltar al contenido principal
Recursos

Registro Civil · 6 min · Actualizado el

Cómo pedir el certificado de nacimiento online en España

El certificado de nacimiento lo expide el Registro Civil y se puede solicitar online a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. Te explicamos, en lenguaje sencillo, los tipos de certificado, las vías de solicitud (con y sin Cl@ve), quién puede pedirlo y qué plazos orientativos esperar, para que elijas el documento correcto sin pagar de más por algo que es gratuito.

Qué es y qué tipos de certificado de nacimiento existen

El certificado de nacimiento es el documento que expide el Registro Civil para acreditar el hecho del nacimiento de una persona: la fecha, hora y lugar en que se produjo y la identidad, sexo y filiación del inscrito. Lo emite el registro donde se inscribió el nacimiento, aunque al pedirlo online normalmente no acudes a un registro concreto: la solicitud se canaliza a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, que la remite al registro que corresponda.

Conviene distinguir bien los tres tipos. El certificado literal es una reproducción exacta de la inscripción e incluye las anotaciones marginales (cambios de nombre, nacionalidad, matrimonio, defunción); suele ser el que piden para trámites legales importantes como herencias, notaría o expediente matrimonial. El extracto es solo un resumen de los datos esenciales, normalmente válido para gestiones administrativas menores. El plurilingüe es un extracto en varios idiomas, pensado para países firmantes del Convenio de Viena de 1976, y en muchos casos evita la traducción jurada.

Cómo solicitarlo online paso a paso

Hay tres vías principales en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. La primera, «Mi certificado de nacimiento en un clic», es solo para el propio inscrito, requiere identificarse con Cl@ve o certificado electrónico y entrega el certificado al momento si el registro está digitalizado; no sirve para plurilingües, extractos, solicitudes de terceros ni primera obtención de DNI o pasaporte. La segunda permite solicitar con Cl@ve para ti o para otra persona (con autorización firmada): si el asiento está digitalizado, la expedición suele ser inmediata, y si no, se envía por correo postal.

La tercera vía es sin Cl@ve, abierta a cualquier persona sin certificado digital; en este caso el certificado se remite siempre por correo ordinario al domicilio indicado, sin entrega inmediata. Ten en cuenta dos detalles: para el Registro Civil Central y los consulados suele pedirse el número de tomo y página del asiento, y normalmente no se puede volver a solicitar el mismo certificado hasta pasados 15 días desde la petición anterior cuando no se expide al momento. Si la inscripción es antigua o de un municipio pequeño, puede no estar aún digitalizada.

Es gratuito: cuidado con webs que cobran y cómo te ayudamos

El certificado del Registro Civil es gratuito y no está sujeto a ninguna tasa, conforme a la Ley 25/1986 de Supresión de las Tasas Judiciales, y así lo confirma el propio Ministerio de Justicia. Por eso conviene desconfiar de portales privados que inducen a error y cobran importes que pueden superar los 60 euros por un trámite sin coste: el Ministerio ha emitido avisos al respecto. La tasa oficial es cero; lo que cobra cualquier intermediario es, en su caso, su gestión, no el documento.

En Zertidox somos honestos con esto: el certificado en sí es gratuito y, si te identificas con Cl@ve y tu registro está digitalizado, puedes obtenerlo tú mismo. Nuestro servicio está pensado para quien prefiere no pelearse con Cl@ve, el tomo y la página o las distintas vías, o no tiene certificado electrónico: nos encargamos de la gestión y te lo enviamos por email, evitando colas. Si dudas de qué tipo necesitas (literal, extracto o plurilingüe), te orientamos antes de tramitar para que no pidas el documento equivocado.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta el certificado de nacimiento?+

El certificado del Registro Civil es gratuito y no tiene tasa, según la Ley 25/1986 y lo confirma el Ministerio de Justicia. Si una web te cobra, lo que paga es su gestión, no el documento; el Ministerio ha avisado de portales que cobran importes que pueden superar los 60 euros por algo sin coste.

¿Necesito el literal o el extracto?+

Depende del trámite. El literal reproduce la inscripción completa con anotaciones marginales y suele exigirse en herencias, notaría o expediente matrimonial. El extracto es un resumen para gestiones menores. El plurilingüe sirve para países del Convenio de Viena de 1976 y en muchos casos evita la traducción jurada. Ante la duda, conviene confirmar con quien te lo pide.

¿Puedo pedirlo sin Cl@ve ni certificado digital?+

Sí. La Sede del Ministerio de Justicia ofrece una vía sin Cl@ve abierta a cualquier persona, en la que el certificado se envía por correo ordinario al domicilio indicado, sin entrega inmediata. La opción rápida «en un clic» y la expedición al momento sí requieren identificación con Cl@ve o certificado electrónico.

¿Cuánto tarda en llegar?+

Si el registro está digitalizado y solicitas con Cl@ve, suele ser inmediato. Por correo ordinario la Sede no fija un número exacto de días, indica que llegará «en unos días», y puede haber demoras por volumen. Las inscripciones antiguas o de municipios no digitalizados normalmente se tramitan por correo y tardan más.

Sigue leyendo