Valoración online, informe de valoración o tasación oficial: cuál necesitas
La respuesta corta: si vas a pedir una hipoteca, necesitas una tasación oficial, y solo la puede hacer una sociedad de tasación homologada por el Banco de España. Para casi todo lo demás (poner precio a una venta, repartir una herencia, negociar un divorcio de mutuo acuerdo) basta una valoración orientativa, que puede ser una estimación automática gratuita o un informe más trabajado. Y si hay un juicio o una inspección de por medio, lo que cuenta es un informe pericial firmado por un técnico.
Tres cosas distintas con nombres parecidos
La valoración online automática es una estimación que calcula un algoritmo a partir de la dirección y de precios de la zona. Es gratuita en muchos portales, sale en segundos y nadie ha mirado tu vivienda: sirve para hacerse una idea, no para apoyar una decisión.
El informe de valoración es un documento orientativo más trabajado: identifica el inmueble con sus datos catastrales, lo compara con viviendas parecidas y da un rango de valor razonado. No tiene efectos oficiales, pero se puede enseñar a la otra parte en una negociación o entre herederos.
La tasación oficial la emite una sociedad de tasación homologada e inscrita en el Banco de España, con visita del tasador al inmueble y siguiendo la Orden ECO/805/2003. Es la única que vale para una hipoteca. Ni una valoración online ni un informe orientativo, el nuestro incluido, son una tasación oficial.
Qué documento pide cada situación
Hipoteca: tasación oficial, sin alternativa. El banco puede encargarla, pero también tiene que aceptar la que aportes tú si la ha hecho una sociedad homologada y sigue vigente. Su gasto lo paga quien pide el préstamo.
Herencia: para el Impuesto sobre Sucesiones, la base mínima de un inmueble es su valor de referencia del Catastro, si lo tiene; no hace falta tasarlo. Una valoración orientativa ayuda a repartir entre herederos o a ver si ese valor de referencia está por encima del de mercado. Si quieres impugnarlo, puedes aportar las pruebas que tengas; una tasación pericial es una de las más útiles, aunque no la única.
Divorcio o separación: si hay acuerdo, los cónyuges pueden fijar el valor de la vivienda como quieran, y un informe orientativo da a los dos una base común para negociar. Si no hay acuerdo y el reparto acaba en el juzgado, el valor se acredita con un informe pericial.
Venta: la ley no exige ningún documento para poner precio. Una valoración orientativa evita salir demasiado alto o demasiado bajo. Si quien compra pide hipoteca, su banco encargará una tasación oficial, y ese valor puede condicionar la operación.
Compra: si quieres saber si el precio que te piden es razonable antes de ofertar, basta una valoración orientativa. La tasación llegará después, si financias la compra.
Qué validez tiene cada uno
La valoración online automática no tiene ninguna validez fuera de tu cabeza: es una cifra sin autor ni método explicado. Úsala como primera pista y nada más.
El informe de valoración orientativo es un documento privado. Vale lo que valgan sus datos y su razonamiento: si identifica bien el inmueble y explica los comparables, convence en una negociación; ante un banco, Hacienda o un juez no sustituye a una tasación ni a una pericial.
La tasación oficial tiene efectos legales en el mercado hipotecario y caduca: la propia tasación indica hasta cuándo es válida, y pasado ese plazo el banco puede pedir una nueva.
Cuánto cuesta cada uno
La estimación automática de un portal es gratis. La tasación oficial la cobra la sociedad de tasación según el tipo de inmueble, su tamaño y la provincia: no hay tarifa pública, así que pide presupuesto a más de una antes de encargarla, o pregunta a tu banco cuál admite.
El precio de nuestro informe de valoración está aquí abajo, sacado del catálogo, y lo ves antes de dar ningún dato.
Dónde encaja nuestro informe, y dónde no
Nuestro informe de valoración es orientativo: no hay visita interior y no es una tasación homologada. Parte de los datos del Catastro, incorpora los anexos catastrales cuando constan disponibles y da un rango mínimo, esperado y alto.
Si lo que necesitas es una hipoteca o un valor que vayas a defender ante Hacienda o en un juicio, no te lo vendemos como si sirviera: pide una tasación oficial o una pericial. Si lo que necesitas es decidir, repartir o negociar con una cifra razonada, ahí sí te puede ayudar.
Preguntas frecuentes.
¿Una valoración online sirve para pedir una hipoteca?
No. Para una hipoteca hace falta una tasación oficial de una sociedad de tasación homologada por el Banco de España. El banco tiene que aceptar la que aportes tú si es de una sociedad homologada y está vigente.
¿Necesito tasar la vivienda para pagar el Impuesto sobre Sucesiones?
Normalmente no. Si el inmueble tiene valor de referencia del Catastro, ese es el valor mínimo a declarar. Si quieres discutir ese valor por considerarlo superior al de mercado, puedes aportar pruebas, y una tasación pericial es una de las más útiles.
¿Qué diferencia hay entre tasación y valoración?
La tasación oficial la hace una sociedad homologada, con visita y según la Orden ECO/805/2003, y tiene efectos en el mercado hipotecario. Una valoración es una estimación orientativa, automática o razonada, sin esos efectos.
¿Una tasación oficial vale para siempre?
No. Caduca, y el propio certificado de tasación indica hasta cuándo es válido. Pasado ese plazo, el banco puede pedir una tasación nueva.
¿Vuestro informe de valoración es una tasación oficial?
No. Es un informe orientativo, sin visita interior, que no sustituye a una tasación homologada ni a un informe pericial. Sirve para decidir un precio, repartir una herencia o negociar con una cifra razonada.
También te puede ayudar.
Rango de valor razonado con los datos del Catastro. Orientativo, no es una tasación oficial.
La base mínima de Sucesiones y del ITP, y cómo impugnarla.
Qué papeles hacen falta y en qué orden pedirlos.
El dato que identifica el inmueble en cualquier valoración.