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Consultoría IA · Express

Contrato de cesión o licencia de derechos de autor

Genera online el contrato para ceder o licenciar los derechos de explotación de tu obra (texto, diseño, fotografía, software o música), con el respaldo de la Ley de Propiedad Intelectual. Entrega en minutos, desde 19 €.

Sin certificado digitalVálido en toda EspañaReembolso 100% si no entregamos

Si no entregamos, te devolvemos el 100 %.

Resumen del servicio

Precio19 €
PlazoEntrega en minutos (automático)
ModalidadExpress
EntregaPor email (PDF)
ÁmbitoEspaña
PagoTarjeta · Sin cuenta obligatoria
Solicitar ahora →
Pago seguro · Stripe
Marca solicitada · EUIPO nº 019358847
Reembolso 100% · si no entregamos

¿Qué es y para qué sirve un contrato de cesión de derechos de autor?

Cuando un autor (escritor, diseñador, fotógrafo, desarrollador o músico) permite que otra persona o empresa explote su obra, la Ley de Propiedad Intelectual (Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996) exige que la cesión de los derechos de explotación —reproducción, distribución, comunicación pública y transformación— se formalice por escrito. Ese mismo texto deja claro que la cesión queda limitada a las modalidades de explotación expresamente previstas y al tiempo y ámbito territorial que las partes determinen, que la cesión en exclusiva debe pactarse de forma expresa y que los derechos morales del autor (el reconocimiento de su autoría y la integridad de su obra) son irrenunciables e inalienables y permanecen siempre en él. Un contrato bien redactado fija qué derechos cedes, en qué condiciones y por cuánto, evitando malentendidos sobre el alcance de la cesión.

Qué incluye el documento que recibes

Recibes por email un PDF con un contrato bilateral listo para firmar por el autor/cedente y el cesionario: identificación de ambas partes, descripción de la obra, las modalidades de explotación cedidas, el carácter exclusivo o no exclusivo, el ámbito territorial y temporal, la remuneración pactada y una cláusula que recuerda que los derechos morales del autor no se ceden. El documento incluye espacios de firma, lugar y fecha, deja marcadores [entre corchetes] para los datos que no aportes y añade avisos para que verifiques la titularidad de la obra y la inexistencia de cesiones previas incompatibles antes de firmar. Es un producto Express generado por IA, sin firma de abogado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo ceder también mis derechos morales sobre la obra?+

No. La Ley de Propiedad Intelectual establece que los derechos morales del autor —como el reconocimiento de la autoría y la integridad de la obra— son irrenunciables e inalienables y permanecen siempre en el autor. Este contrato cede o licencia únicamente los derechos de explotación (reproducción, distribución, comunicación pública y transformación) que indiques, y deja constancia expresa de que los derechos morales no se transmiten.

¿La cesión es en exclusiva por defecto?+

No. La Ley de Propiedad Intelectual exige que la cesión en exclusiva se pacte expresamente; si no consta, se entiende no exclusiva. Por eso el contrato te pide indicar de forma clara si la cesión es exclusiva o no, así como las modalidades, el territorio y la duración. El documento no sustituye el asesoramiento jurídico para un caso concreto.

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Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, Real Decreto Legislativo 1/1996. Ver texto completo en BOE.

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