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Consultoría IA · Express

Reconocimiento de deuda y compromiso de pago online

Documento privado de reconocimiento de deuda y calendario de pago redactado por IA con el marco del Código Civil (arts. 1255, 1088-1091 y 1225). Entrega en minutos, desde 19 €.

Sin certificado digitalVálido en toda EspañaReembolso 100% si no entregamos

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Resumen del servicio

Precio19 €
PlazoEntrega en minutos (automático)
ModalidadExpress
EntregaPor email (PDF)
ÁmbitoEspaña
PagoTarjeta · Sin cuenta obligatoria
Solicitar ahora →
Pago seguro · Stripe
Marca solicitada · EUIPO nº 019358847
Reembolso 100% · si no entregamos

¿Qué es un reconocimiento de deuda?

Un reconocimiento de deuda es un documento privado bilateral en el que el deudor admite formalmente que debe una cantidad concreta al acreedor y ambas partes pactan cómo se va a pagar. Se apoya en la autonomía de la voluntad del artículo 1255 del Código Civil y en que las obligaciones nacidas de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes (arts. 1088 a 1091). Su gran valor práctico está en el artículo 1225 del Código Civil: una vez firmado y reconocido por quienes lo suscriben, tiene entre ellos el mismo valor que una escritura pública. Zertidox genera el documento adaptado a tu caso: importe, origen de la deuda y calendario de pago, listo para que ambas partes lo firmen.

¿Qué incluye el servicio y para qué sirve?

Recibes por email un PDF con el documento estructurado en tres partes: identificación de las partes y reconocimiento de la deuda, compromiso y calendario de pago, y efectos y firma de ambas partes. Si las partes habéis pactado un aplazamiento y un impago de plazo, el documento puede recoger las condiciones que acordéis. Un reconocimiento de deuda por cantidad líquida y vencida puede servir, en su caso, de base para reclamar por el procedimiento monitorio del artículo 812 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. No inventamos intereses: solo constarán los que vosotros hayáis pactado expresamente.

Preguntas frecuentes

¿Tiene validez legal un reconocimiento de deuda privado?+

Sí. Conforme al artículo 1225 del Código Civil, el documento privado reconocido por quienes lo firman tiene entre ellos el mismo valor que una escritura pública. Para ello es necesario que ambas partes lo firmen y reconozcan su contenido. Zertidox ofrece orientación documental: si tu caso implica un litigio complejo o cantidades elevadas, te recomendamos complementarlo con el asesoramiento de un abogado de tu elección.

¿Se incluyen intereses de demora en el documento?+

Solo si tú indicas que las partes los habéis pactado. No añadimos ningún interés por defecto. El interés legal del dinero es únicamente una referencia orientativa que se fija anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado; si queréis aplicarlo, debéis pactarlo expresamente y verificar el tipo vigente. El documento lo deja indicado mediante un aviso.

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Marco legal: Código Civil, arts. 1255, 1088-1091 y 1225, y art. 812 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Ver texto completo en BOE.

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