Carta para notificar la actualización anual de la renta con el índice correcto (LAU art. 18 + Ley 12/2023, ya no es el IPC). Entrega en minutos, desde 9 €.
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La renta solo se actualiza si las partes lo pactaron (art. 18 LAU) y la subida surte efecto desde el mes siguiente a la notificación por escrito al inquilino, indicando el porcentaje aplicado. Desde la Ley 12/2023, por el derecho a la vivienda, la referencia para la vivienda habitual ya NO es el IPC, sino el índice de referencia que publica el INE/MIVAU. Una notificación que aún cite el IPC puede ser incorrecta e impugnable.
Recibes un PDF con la notificación lista para enviar de forma fehaciente: identifica el contrato y la cláusula de actualización, cita el art. 18 LAU y la Ley 12/2023, indica el índice aplicable, calcula la nueva renta (si aportas el porcentaje) y fija la fecha de efecto. Si no conoces el dato, se deja señalado para que consultes el índice oficial vigente.
No. El art. 18 LAU exige pacto expreso de actualización. Sin cláusula de actualización, la renta no puede subirse durante la vigencia del contrato salvo acuerdo entre las partes.
Tras la Ley 12/2023 no se aplica el IPC, sino el índice de referencia de actualización de arrendamientos de vivienda que publica el INE/MIVAU. Consulta el valor vigente al hacer la notificación; el documento te recuerda verificarlo.
Marco legal: art. 18 de la Ley 29/1994 (LAU) y disposición adicional 1.ª de la Ley 12/2023. Ver texto completo en BOE.
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