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Consultoría IA · Express

Obligaciones del edificio: ITE, IEE, ascensores y accesibilidad

Informe sobre las obligaciones de tu comunidad: ITE/IEE, ascensores (RD 355/2024) y accesibilidad LPH. Express o Validado firmado. Desde 29 €.

Sin certificado digitalVálido en toda EspañaReembolso 100% si no entregamos

Si no entregamos, te devolvemos el 100 %.

Resumen del servicio

PrecioDesde 29 € (Express) · 99 € firmado por abogado
PlazoExpress en minutos (automático) · Validado tras revisión y firma del abogado
ModalidadExpress (orientativo) o Validado (firmado por abogado colegiado)
EntregaPor email (PDF)
ÁmbitoEspaña
PagoTarjeta · Sin cuenta obligatoria
Versión Express — 29 € →Firmado por abogado — 99 €
Pago seguro · Stripe
Marca solicitada · EUIPO nº 019358847
Reembolso 100% · si no entregamos

¿Qué obliga la Ley de Propiedad Horizontal a tu comunidad?

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH, Ley 49/1960) establece que los propietarios de un edificio tienen la obligación de conservarlo en buen estado de seguridad, habitabilidad y accesibilidad. Esto se concreta en tres grandes bloques: la Inspección Técnica de Edificios (ITE) o el Informe de Evaluación del Edificio (IEE), la adaptación de los ascensores al Real Decreto 355/2024 y las obras de accesibilidad para personas con movilidad reducida. La normativa estatal fija el marco general, pero los plazos y requisitos concretos varían según el municipio y la comunidad autónoma: conocer qué es obligatorio y cuándo es el primer paso para evitar sanciones y responsabilidades.

¿Qué incluye el informe?

Recibes por email un PDF con un análisis técnico-jurídico de las obligaciones aplicables a tu edificio. El informe identifica las obligaciones vigentes según la normativa estatal (LPH, RDL 7/2015, RD 355/2024), los riesgos de incumplimiento y las recomendaciones de actuación. Incluye avisos específicos sobre los aspectos que debes verificar en tu ayuntamiento y comunidad autónoma, dado que la normativa local puede establecer plazos y exigencias adicionales. El documento está redactado en lenguaje jurídico formal y puede acompañar una propuesta de actuaciones en junta de propietarios. En la versión Express (29 €) lo genera la IA y llega al momento: es un documento orientativo, sin revisión ni firma de abogado. En la versión Validado (99 €) Víctor Heredia Hernández, abogado colegiado en el ICAB (nº 46580), lo revisa y lo firma electrónicamente.

Qué añade la versión Validado sobre la Express

Las obligaciones de edificación son un área donde la normativa autonómica y municipal varía mucho, y ahí está la diferencia entre los dos peldaños. La versión Express (29 €) analiza el marco estatal aplicable y te dice por escrito qué debes verificar en tu ayuntamiento y en tu comunidad autónoma, con la ventaja de tenerlo en minutos; es un documento orientativo, generado con IA y sin revisión individualizada de un profesional. La versión Validado (99 €) parte de ese mismo borrador y añade el gate humano: el abogado colegiado comprueba que las obligaciones y los plazos citados son los aplicables y que las recomendaciones se sostienen, y lo firma asumiendo la responsabilidad profesional. Si el informe va a fundamentar un acuerdo de junta o una obra con coste para la comunidad, el peldaño que corresponde es el Validado.

Preguntas frecuentes

¿Para qué tipo de edificios sirve el servicio?+

Para edificios residenciales de uso privado (comunidades de propietarios). El servicio cubre los supuestos más habituales: edificios de más de 50 años sujetos a ITE/IEE, ascensores que deben adaptarse al RD 355/2024 y obras de accesibilidad obligatorias conforme a la LPH. Edificios industriales, hoteles u otros usos no residenciales requieren normativa distinta y están fuera del alcance de este servicio.

¿El informe incluye los plazos municipales concretos?+

El informe analiza el marco estatal (LPH, RDL 7/2015, RD 355/2024) e indica claramente qué aspectos deben verificarse en el ayuntamiento y la comunidad autónoma correspondiente. No inventamos normativa local: te decimos exactamente qué preguntar y ante quién, para que puedas obtener la información oficial de tu municipio.

¿Qué pasa si la comunidad no cumple con la ITE o el IEE?+

El incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas, responsabilidad civil de los propietarios ante daños a terceros y, en los casos más graves, órdenes de ejecución subsidiaria por parte del ayuntamiento. El informe detalla los riesgos específicos aplicables a tu caso para que la comunidad pueda tomar decisiones con información completa.

Ver todos los documentos de Comunidades de propietarios

Marco legal: Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal (LPH) y Real Decreto 355/2024 sobre aparatos de elevación. Ver texto completo en BOE.

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