Carta para comunicar al inquilino que no renovarás el contrato al vencimiento, con la antelación legal (LAU art. 10). Entrega en minutos, desde 9 €.
Si no entregamos, te devolvemos el 100 %.
Terminado el plazo del contrato, el art. 10 LAU lo prorroga tácitamente por anualidades salvo que el arrendador notifique su voluntad de no renovar con al menos CUATRO MESES de antelación. Distinto es recuperar la vivienda por necesidad durante el plazo mínimo (art. 9 LAU), que exige haberlo pactado y un preaviso de dos meses. Avisar fuera de plazo o sin forma fehaciente es la causa más habitual de que el inquilino pueda seguir en la vivienda.
Recibes un PDF con la notificación fehaciente: identifica el contrato y la vivienda, comunica con claridad que no se renovará y la fecha en que debe quedar libre, citando el art. 10 LAU (o el 9 si recuperas por necesidad) y respetando la antelación legal. Sirve como prueba del preaviso.
Es muy arriesgado: para acreditar la fecha y el contenido conviene un medio fehaciente (burofax con acuse de recibo y certificación de texto). El documento está pensado para enviarse así.
Si el preaviso llega tarde, el contrato puede prorrogarse una anualidad más. El documento te avisa de la antelación legal; si tu caso es dudoso, conviene un dictamen a medida.
Marco legal: arts. 10 y 9 de la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos. Ver texto completo en BOE.
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Notificar la no renovación — 9 €