Servicio documental
Reclama a tu contratista por una reforma u obra defectuosa
Genera un requerimiento fehaciente para que tu contratista subsane los defectos de la reforma o te indemnice, conforme al contrato de obra del Código Civil. Entrega en minutos, desde 19 €.
- Sin certificado digital
- Válido en toda España
- Reembolso 100% si no entregamos
Si no entregamos, te devolvemos el 100 %.
Tu reforma quedó mal y el contratista no responde
Cuando encargas una reforma u obra, el contratista se obliga a ejecutarla correctamente por el precio pactado (contrato de obra, arts. 1588 a 1600 del Código Civil). Si la obra presenta defectos o partidas mal ejecutadas, tienes derecho a exigir su subsanación y, conforme al artículo 1101 del Código Civil, la indemnización de los daños y perjuicios causados por el cumplimiento defectuoso. Un requerimiento fehaciente deja constancia escrita de tu reclamación, fija un plazo y prepara el terreno por si hay que acudir a la vía judicial.
Un requerimiento serio, redactado con el marco legal correcto
Rellenas un formulario sencillo con los datos de la obra y los defectos detectados, y en minutos recibes un requerimiento profesional que cita el contrato de obra del Código Civil y lo pactado, sin promesas de resultado ni artículos inventados. El documento marca con [ASI] los datos que falten para que los completes, e incluye avisos útiles: envíalo de forma fehaciente con acuse de recibo y conserva presupuesto, fotografías y facturas como prueba.
Preguntas frecuentes.
¿Sirve para cualquier reforma u obra menor?
Sí. Para reformas y obras menores rige el contrato de obra del Código Civil (arts. 1588 a 1600) y lo que pactaste con el contratista. Si se trata de una edificación de nueva planta o una gran rehabilitación, podría aplicarse además normativa específica de la edificación: el documento te avisa para que lo verifiques con un profesional.
¿Este documento garantiza que me reparen o me paguen?
No. Es un requerimiento extrajudicial que deja constancia formal de tu reclamación y de un plazo, pero no garantiza un resultado ni sustituye a un abogado o a un informe pericial. La valoración exacta del defecto y la indemnización dependen de tu contrato y de las pruebas, y pueden requerir asesoramiento específico.
Otros documentos de Civil e inmobiliario
Código Civil, artículos 1588 a 1600 (contrato de obra), 1591 y 1101. Ver texto completo en BOE.
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